PATRIA POTESTAD CONFLICTOS A RESOLVER EN LOS TRIBUNALES
Los desacuerdos más frecuentes en el ejercicio de la patria potestad surgen, generalmente, en situaciones de separación o divorcio de los padres. Estos desacuerdos pueden involucrar varios aspectos relacionados con el bienestar de los hijos y los derechos y deberes de ambos progenitores. Algunos de los conflictos más comunes incluyen:
- Decisiones sobre la educación: Las diferencias sobre el tipo de educación que debe recibir el hijo, como la elección del centro educativo, la orientación religiosa en la educación o incluso la modalidad de enseñanza (pública, privada o concertada) pueden ser fuente de conflictos.
- Salud y atención médica: Las decisiones sobre el cuidado de la salud del hijo, como el acceso a ciertos tratamientos médicos, la elección de especialistas o incluso las decisiones sobre vacunación, pueden generar desacuerdos entre los padres.
- Cambios de domicilio: Si uno de los progenitores decide mudarse a otra ciudad o incluso a otro país, el otro progenitor puede oponerse, alegando que esto afectaría negativamente la relación con el hijo o la convivencia establecida.
- Obtención del pasaporte del menor
La expedición del pasaporte exige el consentimiento expreso de ambos progenitores titulares de la patria potestad, tengan o no la custodia compartida. En caso contrario, se debe suplir su falta con autorización judicial porque el órgano que lo tramita va a exigir lo uno o lo otro.
Si existe riesgo de sustracción de menores, el juez a solicitud del propio hijo, del progenitor, de cualquier pariente o del Ministerio Fiscal puede prohibir que se expida; no por una discrepancia entre los progenitores, sino por encontrarse el menor en una situación de peligro, requiriendo una intervención urgente.
El temor a que el menor no sea retornado por el progenitor que se traslada a su país de origen ese el caso más frecuente de este tipo de situaciones.
5. Salida del menor al extranjero
Incluso, obtenido el pasaporte, se precisa, si así lo establece el convenio regulador o la resolución que autorizó su expedición, con custodia exclusiva o custodia compartida, el consentimiento a que el menor pueda salir del territorio nacional en compañía del otro.
Si no ha sido prohibido, se puede instar ante el temor a que no regrese, habitual cuando el progenitor es de origen extranjero. En tal caso, también puede instarse de forma inmediata y el cierre de fronteras para el menor.
Siempre que se aprecie riesgo de sustracción, el juez, para apartarle de ese peligro, puede prohibir su salida de España y acordar la retirada del pasaporte del menor si ya está expedido.
6. Empadronamiento del menor
En muchos de estos casos, los tribunales suelen intervenir para tratar de resolver los desacuerdos en beneficio del bienestar del menor, teniendo en cuenta su estabilidad emocional, su seguridad y su desarrollo integral. Sin embargo, se fomenta cada vez más la mediación entre los padres como una forma de resolver estas cuestiones fuera del ámbito judicial, buscando acuerdos que beneficien a todas las partes involucradas, especialmente a los hijos. Si necesita algún tipo de asesoramiento no dude en contactar con el abogado Jesús Giménez Morejón, teléfono 956 535157 / 617484080, despacho@jesusgimenezabogado.com
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